Los Ayuntamientos con problemas financieros
tendrán un mes más para acogerse a las medidas que el Ministerio de
Hacienda puso en marcha para que reequilibren sus finanzas a cambio de
ayudarles a saldar sus deudas con proveedores. Además, ha decidido
facilitar que los alcaldes puedan aceptar las exigencias de reequilibrio
del Ejecutivo incluso cuando, en pleno, el resto del Gobierno local
haya rechazado hacerlo. Es decir, que aunque la mayoría vota en contra,
el alcalde y los concejales elegidos por este podrán acogerse igualmente
y después simplemente comunicárselo al resto del pleno.
El Ejecutivo justifica que ha tomado la decisión de impulsar esta medida porque muchos municipios no se han acogido al Real Decreto de Apoyo Financiero a las Entidades Locales, y “en un buen número de casos esa situación se ha debido a problemas de gobernabilidad en los Ayuntamientos correspondientes”. Dando poder de decisión al alcalde o la Junta de Gobierno (el alcalde y sus concejales), considera que “se desbloquearía una situación de interferencia de la situación política en el funcionamiento financiero de los municipios afectados”.
Para publicar esta medida de aprobación de planes de ajuste, el Gobierno ha aprovechado el decreto sobre supervisión y solvencia de entidades financieras, publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En una disposición adicional es donde lo encaja. Señala que “cuando siendo competencia del Pleno de la Corporación Local este no alcanzara, en una primera votación, la mayoría necesaria para presentar la solicitud de acogerse a determinadas medidas”, podrá ser la Junta de Gobierno Local (o el alcalde si es un municipio de menos de 5.000 habitantes) quien tome la decisión unilateralmente. “La Junta de Gobierno Local dará cuenta al Pleno, en la primera sesión que se celebre con posterioridad a la presentación de la mencionada solicitud, de la aprobación del plan de ajuste o de alguna de las medidas incluidas”.
Cuando el Ejecutivo anunció el plan para las entidades locales afectaba a 536 municipios, que tendrían “medidas extraordinarias de financiación condicionadas a cumplir con un plan de ajuste”. Se les permite la concesión de anticipos de la participación de tributos del Estado por hasta tres años, la ampliación del reintegro de las liquidaciones de 2008 y 2009, reducir o suspender temporalmente la retención de la participación de los ingresos del Estado, fraccionar deudas con Hacienda y Seguridad Social y formalizar operaciones de endeudamiento. A cambio, deben reducir gastos de funcionamiento, financiar íntegramente el coste de los servicios públicos con tasas, no aprobar medidas que supongan un descenso de la recaudación y no podrán crear organismos nuevos.
Fuente: www.economia.elpais.com
El Ejecutivo justifica que ha tomado la decisión de impulsar esta medida porque muchos municipios no se han acogido al Real Decreto de Apoyo Financiero a las Entidades Locales, y “en un buen número de casos esa situación se ha debido a problemas de gobernabilidad en los Ayuntamientos correspondientes”. Dando poder de decisión al alcalde o la Junta de Gobierno (el alcalde y sus concejales), considera que “se desbloquearía una situación de interferencia de la situación política en el funcionamiento financiero de los municipios afectados”.
Para publicar esta medida de aprobación de planes de ajuste, el Gobierno ha aprovechado el decreto sobre supervisión y solvencia de entidades financieras, publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En una disposición adicional es donde lo encaja. Señala que “cuando siendo competencia del Pleno de la Corporación Local este no alcanzara, en una primera votación, la mayoría necesaria para presentar la solicitud de acogerse a determinadas medidas”, podrá ser la Junta de Gobierno Local (o el alcalde si es un municipio de menos de 5.000 habitantes) quien tome la decisión unilateralmente. “La Junta de Gobierno Local dará cuenta al Pleno, en la primera sesión que se celebre con posterioridad a la presentación de la mencionada solicitud, de la aprobación del plan de ajuste o de alguna de las medidas incluidas”.
Cuando el Ejecutivo anunció el plan para las entidades locales afectaba a 536 municipios, que tendrían “medidas extraordinarias de financiación condicionadas a cumplir con un plan de ajuste”. Se les permite la concesión de anticipos de la participación de tributos del Estado por hasta tres años, la ampliación del reintegro de las liquidaciones de 2008 y 2009, reducir o suspender temporalmente la retención de la participación de los ingresos del Estado, fraccionar deudas con Hacienda y Seguridad Social y formalizar operaciones de endeudamiento. A cambio, deben reducir gastos de funcionamiento, financiar íntegramente el coste de los servicios públicos con tasas, no aprobar medidas que supongan un descenso de la recaudación y no podrán crear organismos nuevos.
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